Permiso de residencia por reagrupación familiar

CONDIVIDI

Los extranjeros residentes en Italia que sean titulares de un permiso de residencia para realizar una actividad laboral, o por asilo, por motivo de estudios, por condición de religioso o por causa familiar, o de un permiso de residencia de larga duración C.E. pueden mantener la unión de su familia o solicitar la reagrupación familiar.

Solicitud de visto bueno para la reagrupación familiar

Para solicitar la reagrupación familiar es necesario rellenar algunos formularios y presentarlos ante la Ventanilla Única para los Inmigrantes, instituida en la Prefettura (Delegación de Gobierno Local) de la provincia de residencia del solicitante. Los familiares reagrupables son:

• el cónyuge no legalmente separado y cuya edad no sea inferior a 18 años;
• los hijos menores - incluidos los del cónyuge o los nacidos fuera del matrimonio - no casados, a condición de que el otro cónyuge , en caso de que exista, preste su conformidad;
• los hijos mayores dependientes, siempre que no dispongan de medios suficientes para su propio sustento por motivos de salud que comporten una invalidez permanente;
• los ascendientes, cuando vivan a cargo del solicitante, siempre que no puedan contar con otros hijos en su País de origen o de procedencia, o ascendientes mayores de 65 años, si los otros hijos no pueden proveer a su sustento por graves motivos de salud adecuadamente certificados.

Desde el 10 de abril de 2008, se está implementando un nuevo procedimento para tramitar la reagrupación familiar, de competencia de la Ventanilla Única para los Inmigrantes. Luego, a partir de esta fecha, ya no se aceptarán instancias de reagrupación familiar que non sean presentadas vía web.

Hijos menores de edad

El hijo menor de edad que resida legalmente en Italia figura inscrito en el permiso de residencia o permiso de residencia de larga duración C.E. (carta di soggiorno) de uno o ambos los padres hasta 14 años de edad.

A los 14 años, se le otorgará un permiso de residencia por razones familiares, válido hasta que el menor alcance su mayoría de edad, o un permiso de residencia de larga duración C.E.

Los menores que alcanzan su mayoría de edad tienen derecho a la renovación del permiso de residencia que tenga la misma duración que la concedida a uno o ambos los padres. El mismo derecho se les reconoce también a los menores confiados a un tutor.

Si el extranjero, a los 18 años de edad, posee los requisitos para obtener otro tipo de permiso de residencia (por razones de estudio, inscripción en las listas de empleo, trabajo por cuenta propia o ajena) se le otorgará el permiso de residencia correspondiente.

13/02/2010
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